¿Cómo obtener el Certificado de Antecedentes de Medidas Correctivas?

Si eres de las personas que ha incurrido en alguna de las faltas que son consideradas por las autoridades y las leyes establecidas en el territorio nacional, como un comportamiento que sea contrario a los de una saludable convivencia, es importante conocer que la Policía Nacional puede proceder a realizar un registro de antecedentes denominado como Medidas Correctivas.
Pero, ¿Qué son las Medidas Correctivas?
Las Medidas Correctivas son aquellas acciones que son definidas por las autoridades, en este caso la Policía Nacional, como todo comportamiento de cualquier ciudadano que sea contrario a la buena convivencia o el incumplimiento de los deberes específicos de convivencia.
La finalidad de establecer las Medidas Correctivas en las personas que violen determinadas acciones es la de disuadir, prevenir, resarcir, superar, procurar, educar, proteger o restablecer la convivencia.
¿Cómo debe actuar la Policía Nacional al imponer una Medida Correctiva?
En principio, cuando una autoridad imponga a cualquier ciudadano una determinada medida correctiva, es importante que esta autoridad informe de forma inmediata a la Policía Nacional para que la misma pueda proceder a recoger la información respectiva en una base de datos que viene amparada según el derecho fundamental de Hábeas Data.
¿Cuáles son las Medidas Correctivas que puede imponer la autoridad a un ciudadano?
Las autoridades competentes, en función de mantener el orden y el buen vivir de la comunidad, puede aplicar las siguientes medidas correctivas:
- Amonestación.
- La participación en programas comunitarios o pedagógicos de convivencia.
- La disolución de reuniones, aglomeraciones o actividades que incurran en el desorden público.
- Expulsión del domicilio.
- La prohibición del ingreso a determinadas actividades o reuniones que lo amerite.
- Decomiso.
- La aplicación de una multa general o especial.
- Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de un inmueble.
- Remoción de bienes.
- La reparación de daños materiales de muebles o inmuebles, así como también, la reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles.
- Restablecimiento del derecho de servidumbre.
- Destrucción de un bien.
- Demolición de una obra.
- La suspensión de una construcción o demolición.
- La suspensión temporal o definitiva de una actividad.
- Inutilización de bienes.
¿Cómo obtener el Certificado de Antecedentes de Medidas Correctivas?
En caso de que un ciudadano haya incidido con un comportamiento no adecuado, según lo establecido en las leyes respectivas y basadas en materia de medidas correctivas, es posible obtener un Certificado de Antecedentes de Medidas Correctivas, siguiendo los pasos dados a continuación:
- Ingresar a la página oficial de la Policía Nacional: www.policia.gov.co
- Al encontrarte en la página principal, debes acceder a la opción Ciudadanos.
- Seguido, aparecerá una lista con varias opciones, debes hacer clic en el apartado que dice Consulta de Medidas Correctivas.
- Ingresar al Portal de Servicios al Ciudadano PSC.
- En este espacio debes seleccionar la forma en que deseas realizar la consulta, te encontrarás con las siguientes opciones:
- Por número de comparendo o expediente.
- Cédula de Ciudadanía.
- Cédula de Extranjería.
- Documento de Identificación Extranjero.
- Pasaporte.
- Tarjeta de Identidad.
- Digitar en el recuadro el número de documento que hayas seleccionado en el paso anterior.
- Presionar en el botón de Nuevo o Validar Funcionario, dependiendo de cuál sea tu caso o el de la persona a la cual se le está validando el proceso.
- Para finalizar, se mostrará en pantalla el documento requerido de certificado de medidas correctivas solicitado. En este paso, ya podrás descargarlo, guardarlo e imprimirlo.
¿Qué tipo de sanción debe cumplir un ciudadano al que se le otorgue una Medida Correctiva?
En términos generales, las autoridades competentes que actúan en función de mantener el orden y hacer que los ciudadanos tengan un comportamiento adecuado, según lo que establecen las leyes, en procura de hacer entender el reconocimiento de una conducta equivocada, establece el compromiso a que en un futuro no se repita la acción y se efectúe el respeto a las respectivas normas de convivencia.
Para hacer cumplir las normas y las leyes establecidas, las autoridades aplican lo que se describió anteriormente como Medidas Correctivas, las cuales no tienen carácter sancionatorio, en decir, que busca concienciar a la población y, dependiendo de la amonestación será el nivel o multa aplicada.
Si las autoridades aplican una multa en las Medidas Correctivas, ¿De cuánto debe ser la multa?
Antes de mencionar de cuánto debe ser la multa establecida por las autoridades con respecto a una medida correctiva, veamos qué se entiende por multa: Una Multa es la imposición de una determinada suma de dinero en moneda del territorio colombiano, cuyo monto va a depender del comportamiento realizado por la persona que incurra en la falta. En caso de que se trate de la desobediencia, resistencia, desacato o reiteración del comportamiento no adecuado a la convivencia, va a incrementar el valor de la multa, sin perjuicio de los intereses causados.
Para saber de cuánto debe ser la multa impuesta por las autoridades, es preciso destacar que las multas se clasifican en Generales y Especiales.
- Las Multas Generales son:
- Tipo 1: Correspondientes a cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Tipo 2: Correspondientes a ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Tipo 3: Correspondientes a dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Tipo 4: Correspondientes a treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Las Multas Especiales son:
- De acuerdo al comportamiento de los organizadores de actividades en donde se involucren aglomeraciones de público complejas.
- Infracciones urbanísticas.
- Contaminación Visual.
Es importante enfatizar que las multas recolectadas deben ser destinadas a proyectos pedagógicos y de prevención que estén relacionados en materia de seguridad.
Nota: Es un deber de toda persona natural o jurídica, sin prejuicio de su condición económica y social, pagar las multas establecidas, a menos que cumpla con la medida mediante la participación en programas comunitarios o actividades pedagógicas de convivencia, en caso de que pueda ser aplicable.
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